Seguimos
esperando que aparezcan los 43 normalistas con vida.
De nada sirvió todo el esfuerzo
realizado para hacer valer el poder ciudadano a través de la consulta popular.
El cual quedó plasmado en el artículo 135 de nuestra constitución política
federal y en su ley reglamentaria. Ello es así porque el Congreso de la Unión
aprobó mañosamente una especificidad legal donde quedó asentada la inconstitucionalidad
en ciertos temas posibles a consulta; restringiendo severamente la posibilidad
de ejercer tal derecho ciudadano. A saber: queda vedada toda consulta sobre
cualquier tema que pueda impactar los ingresos y gastos del Estado.
No obstante haber cumplido en tiempo y
forma la solicitud, respaldada por más de cuatro millones de firmas ciudadanas,
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la
petición de llevar a cabo una consulta popular sobre la recién aprobada reforma
energética; así como conocer también la opinión ciudadana sobre el incremento al
salario mínimo de la clase trabajadora.
Para la mayoría de los magistrados de la
SCJN, la auscultación ciudadana sobre la reforma energética y sobre los
salarios mínimos, tiene que ver con los ingresos y gastos del Estado y eso, de
acuerdo a la nueva ley, queda prohibido realizarla.
Como está actualmente redactada la
legislación referida, hace nugatorio el derecho a la consulta popular en
prácticamente todos los temas económicos de interés nacional. Sobre todo cuando
se trate de bienes y recursos patrimonio de la nación. Lamentablemente eso es
debilitar aún más la endeble democracia directa participativa como sistema de
vida y el respeto al sentir mayoritario del pueblo.
En el marco de la subasta que se está
haciendo del país, pongamos un ejemplo extremo: no será posible consultar al
pueblo para saber su opinión acerca de vender o no a los gringos el estado de
Baja California Sur, territorio que siempre han apetecido. La
inconstitucionalidad de auscultar a la ciudadanía sobre ese tema residiría en
que puede modificar los ingresos del estado. Lo mismo podemos decir acerca de
la denegada consulta sobre el incremento a los salarios mínimos porque puede
modificar el gasto gubernamental en materia del pago de nóminas.
Luis Carlos Ugalde lo expresa de esta
forma: “El problema de la falta de precisión es que teóricamente cualquier tema
de consulta puede eventualmente afectar los ingresos y gastos del Estado.
Podría incluso argumentarse que todos los temas de una consulta están vedados por la simple razón de
que cualquier política pública o legislación que emane de una consulta popular
requiere de recursos públicos para ejecutarse.”
Modificar la actual redacción del
artículo constitucional y su ley reglamentaria no será posible por el momento,
hasta que la correlación de fuerzas políticas al interior del Congreso de la
Unión haga prevalecer los intereses de la nación y no los intereses de los
grandes empresarios, de dentro y fuera de nuestro país.
Finalizo con una reflexión de Leo
Zuckermann: “La SCJN no mató a las consultas populares. Fueron los propios
partidos, a través de sus legisladores, que lo hicieron al haberle puesto
muchas restricciones y redactado mal sus posibles consecuencias”.
PD1. Fue un hecho grave y provocador el
que un líder juvenil priista del Estado de México invocara públicamente el
retorno del Presidente Díaz Ordaz, matador de jóvenes en el movimiento
estudiantil del 68. No se olvida que el PRI también está teñido de sangre, como
hoy lo está el PRD.
PD2. El jefe de jefes del PRD nacional,
Jesús Ortega, dijo que está en contra de abrir una investigación interna sobre
la vinculación de “los chuchos” con el narcotráfico. A confesión de parte,
relevo de pruebas.
PD3. Bien por la remoción de Max Arturo López
Hernández de la subsecretaria de educación básica. Era un títere del nefasto
Raúl Salgado Leyva.
PD4. Clamemos y movámonos por la paz y
justicia, pero que la justicia vaya por delante y la paz no sea la de las fosas.
h.popoca.b@gmail.com
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